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Regulación

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  1. Alcance de la Acreditación y Uso de Marca

    SERRES VERIFICADORA SpA se encuentra acreditada por Acreditado por INN, Acreditación OVV 008 según NCh-ISO/IEC 17029:2019, para actividades de verificación de tercera parte, en el área de obligaciones laborales y previsionales, conforme al alcance establecido en su certificado y anexo vigente.
    La acreditación tiene vigencia desde el 4 de febrero de 2026 hasta el 27 de febrero de 2028 y comprende las actividades específicamente señaladas en su alcance. Las referencias a esta acreditación se aplican exclusivamente a dichas actividades y no deben interpretarse como una acreditación de otros servicios prestados por SERRES VERIFICADORA SpA.


    ALCANCE DE LA ACREDITACION DE SERRES VERIFICADORA SPA., SANTIAGO, COMO ORGANISMO DE VALIDACION Y VERIFICACION, VERIFICACION DE TERCERA PARTE

    AREA : OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
    SUBAREA : OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES, SEGUN CONVENIO INN-MINTRAB
    Producto Norma/Especificación Método de Inspección
    Pago de remuneraciones

    SGS-PO-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_ v.04

    SGC-DI-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_v.08

    Basado en:
    Circular N° 148 de la Dirección del Trabajo del
    29-12-2006

    DS N°319, Título III Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 20-01-2007

    Revisión documentos
    Pago obligaciones previsionales

    SGS-PO-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_ v.04

    SGC-DI-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_v.08

    Basado en:
    Circular N° 148 de la Dirección del Trabajo del
    29-12-2006

    DS N°319, Título III Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 20-01-2007

    Revisión documentos
    Pago de indemnizaciones

    SGS-PO-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_ v.04

    SGC-DI-CCOLP Certificación de
    Compromisos Laborales y Previsionales_v.08

    Basado en:
    Circular N° 148 de la Dirección del Trabajo del
    29-12-2006

    DS N°319, Título III Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 20-01-2007

    Revisión documentos

    El uso de la marca Serres Verificadora Spa y su condición de entidad de verificación acreditada sólo podrá realizarse con autorización previa escrita de su representante legal; y exclusivamente dentro del alcance indicado.

  2. Disposiciones para asegurar la Imparcialidad

    SERRES Verificadora SpA se compromete a realizar sus actividades de verificación con imparcialidad, transparencia e integridad, en cumplimiento con la legislación, normativa aplicable, y de los requisitos de la NCh-ISO/IEC 17029:2019.
    Los servicios de verificación del cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales comprendidos dentro del alcance de la acreditación se realizan de acuerdo con la Ley N.º 20.123, el Decreto Supremo N.º 319 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Circular N.º 148 de la Dirección del Trabajo y demás requisitos aplicables.
    SERRES Verificadora SpA desarrolla sus actividades de verificación de manera objetiva e imparcial, aplicando sus procedimientos y criterios sin favorecer o perjudicar a los clientes que solicitan sus servicios. Todo el personal que participa en las actividades de verificación debe informar oportunamente cualquier relación, interés o circunstancia que pueda representar un conflicto de interés o una amenaza a su imparcialidad en el desarrollo de sus funciones.
    SSERRES Verificadora SpA no realizará actividades de verificación cuando existan intereses de sus socios que puedan comprometer la imparcialidad de dichas actividades. El Directorio supervisa la gestión de los conflictos de interés y las amenazas a la imparcialidad, adoptando las medidas establecidas en los procedimientos y políticas de SERRES Verificadora SpA para prevenirlas, eliminarlas o mitigarlas. Esta gestión considera, entre otros aspectos, las relaciones derivadas de la propiedad, gobernanza, gestión, personal, recursos compartidos, finanzas, contratos comerciales y actividades de marketing.

  3. Resguardo y Confidencialidad de la Información

    SERRES Verificadora le otorga la más alta prioridad a la mantención de la confidencialidad de la información que maneja para la realización de sus servicios, así como el personal externo que pudiere tener contacto con algún tipo de información. Por ello, protege dicha información a través resguardos físicos, electrónicos y de procedimientos. SERRES Verificadora restringe el acceso de sus miembros a la información de que dispone en base a una política de “derecho a saber.” Además, las personas que trabajan en SERRES Verificadora tienen entrenamiento en el correcto manejo de la información a la cual tienen acceso. Este compromiso se plasma en una copia firmada de la presente declaración, la que es considerada Anexo de contrato con vigencia inmediata al momento de su firma. Este documento es archivado en la carpeta personal respectiva. La información recolectada por SERRES Verificadora concerniente a empresas y/o personas, proviene de las siguientes fuentes:

    • Información entregada directamente por el cliente;

    • Información acerca de la interacción del cliente y SERRES Verificadora;

    • Información proveniente de expresiones de quejas o apelaciones de clientes u otras fuentes.

El uso de la información anteriormente mencionada por parte de SERRES Verificadora se acoge a las disposiciones descritas a continuación:

  • SERRES Verificadora limitará la recolección y almacenamiento de información acerca de empresas y/o personas a lo estrictamente necesario para cumplir con su misión y objetivos.

  • SERRES Verificadora se asegurará de que cualquier entidad y/o persona que tenga acceso a la información de un cliente, se adecúe a sus políticas de manejo de información. Y someterá a los procedimientos legales y/o disciplinarios que correspondan a quienes violen estas disposiciones.

  • SERRES Verificadora no divulgará a terceros la información que le haya sido entregada por su cliente, sin que este último haya sido informado con antelación y se requerirá de su consentimiento para hacerlo, salvo en los casos que se indican a continuación.

  • SERRES Verificadora divulgará información confidencial del cliente sólo en el caso de ser requerido formalmente por un Tribunal de Justicia de la República o por la Dirección del Trabajo, notificando al cliente acerca de la información proporcionada, salvo que la ley o el proceso judicial respectivo lo prohíba; o bien cuando sea solicitado por el organismo de acreditación (Instituto Nacional de Normalización, INN) en el contexto de una evaluación o auditoría.

  • Mantendrá el control sobre la confidencialidad de la información que maneja. No obstante, SERRES Verificadora, podrá facilitar información agregada (estadística) y en ciertos casos versiones sanitizadas (es decir, modificada de forma de preservar la confidencialidad y anonimato de las empresas a las cuales la información atañe) de la información a su disposición.

  • Obligará a cualquier otra entidad y/o persona que contrate a someterse a sus políticas de manejo de información.

  1. Tarifas

    El precio base de un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, depende de la cantidad de trabajadores a verificar, los plazos del contrato y el periodo del mes en que este requerimiento se realiza, entre otros aspectos. A modo de referencia, un certificado para 20 trabajadores bajo una modalidad de contratación anual tendría un precio de UF 1+IVA mensual.

  2. Inspectores de verificación

    Luego de la firma del preacuerdo, Serres Verificadora informará al cliente, dentro de un plazo de 10 días hábiles, la lista de inspectores de verificación que podrían ejecutar el proceso de verificación. El cliente tiene la posibilidad de objetar de forma fundada, la participación de uno o más inspectores técnicos.

  3. Detección de Nuevos antecedentes con posterioridad de la emisión de un certificado

    En el caso de detectarse un nuevo antecedente posterior a la emisión del certificado (Por ejemplo: antecedentes entregados por el contratista o mandante u otras partes interesadas que se agregue, modifique o reemplace información disponible), el OV solicitará a la parte interesada la entrega formal de los antecedentes. Con los nuevos antecedentes el Jefe de Operaciones evaluará el impacto en el certificado ya emitido. El nuevo certificado será publicado en SISGEDO con un nuevo número y una nota que hace referencia al certificado que fue reemplazado.

  • Descripción del Esquema de Verificación
    • El cliente, en virtud del artículo Nº183 letra C Inciso Primero de la Ley N°20.123, instruirá a la empresa principal, contratista y/o subcontratista, según indicaciones de Este, para que hagan llegar los documentos solicitados por SERRES Verificadora necesarios para la certificación de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

    • El cliente deberá enviar a SERRES Verificadora una declaración (SF30-1) en donde se identifique al contratista, al mandante y al contrato/faena/obra, y se afirme que se cumplió a cabalidad con las obligaciones laborales de los trabajadores detallados en la solicitud, durante el periodo que se solicita certificar. Para todos los efectos, el cliente declara que toda la información y antecedentes que proporcione a SERRES Verificadora para la emisión del certificado, son veraces y completos, asume toda responsabilidad legal en caso de ocultamiento intencionado y/o adulteración maliciosa de estos.

    • La documentación mínima a enviar se detalla a continuación.

      1. Libro de Remuneraciones del mes a certificar (> 5 trabajadores, CSV y comprobante emitido por la DT).

      2. Liquidaciones de sueldo del mes a certificar firmadas y comprobantes de abono en cuentas bancarias personales si las liquidaciones no estuvieran firmadas.

      3. Planillas de imposiciones pagadas del mes a certificar.

      4. Finiquitos del mes por causales del artículo Nº161, ratificados ante notario o ministro de fe competente (si procede).

      5. Copia de licencias médicas de los trabajadores (si procede).

      6. Nómina de trabajadores a certificar (nombre completo y RUN).

    • Tanto la declaración (SF30-1) como la documentación, será entregada por el cliente a través de una plataforma digital, especialmente habilitada para este propósito. Al momento de enviar la declaración y la documentación, recibirá un Número de Solicitud Único, con el cual podrá hacer seguimiento al proceso de certificación y eventualmente presentar una queja o solicitud de apelación si corresponde.

    • SERRES Verificadora pondrá a disposición del cliente, a más tardar al quinto día hábil de haber sido recibidos conformes los documentos presentados, un certificado de la verificación realizada con las observaciones pertinentes, si las hubiere. Se entenderá por recibido conforme los documentos cuando estos se encuentren completos y suficiente para dar cumplimiento necesario al proceso de revisión.

    • SERRES Verificadora publicará en su plataforma digital el respectivo certificado, indicando la conformidad y el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

    • SERRES Verificadora se compromete, en caso de error u omisión, en la revisión, manejo de documentos entrega o contenido de él o los certificados, a emitir un nuevo certificado y adoptar las acciones conducentes a corregir o enmendar dicho error. La entrega de este nuevo certificado corregido no tendrá costo alguno para nuestro cliente. La empresa afectada se le hará entrega en un plazo máximo de dos días hábiles de esta nueva certificación.

  • Entrega de información sobre el proceso de verificación

    • Al momento de enviar su solicitud de verificación, el cliente recibe un Nº de atención único sobre el cual puede hacer seguimiento de su requerimiento.

    • Desde nuestro Sistema de Gestión Documental el cliente (con sus credenciales) puede consultar el estado de su solicitud y una bitácora con todo el proceso.

    • Cuando el certificado se emite, el cliente recibe una notificación a su email indicando que su certificado se encuentra publicado en la plataforma


  • Formatos de la información auditada

    • Con el propósito de optimizar el almacenamiento, accesibilidad, seguridad e integridad de los datos, y además de reducir la huella de carbono del proceso, Serres Verificadora sólo recibe información en formato digital a través de su Sistema de Gestión Documental.


  • Esta norma se basa en las recomendaciones de documentos internacionales ISO 9000 y la Guía ISO/IEC39. La norma NCh-ISO 17020.Of2009, se orienta a organismos que realizan labores de inspección en diversos ámbitos tales como el examen de materiales, productos, instalaciones, plantas, procesos, procedimientos de trabajo o servicios y la determinación de su conformidad con los requisitos Considera aspectos tales como un Sistema de Gestión de Calidad, Políticas de Confidencialidad y Resguardo de la Información y Auditorías Periódicas.

  • La nueva ley regula dos figuras:
    La subcontratación y el trabajo de servicios transitorios

    Por una parte, la Ley define claramente la figura del trabajo en régimen de subcontratación y sanciona la simulación. La subcontratación consiste en que una empresa contrata a otra empresa para que esta realice ciertas obras o servicios por su cuenta y con sus trabajadores. El trabajador tiene una relación de dependencia y subordinación con su empleador directo que es el contratista o subcontratista.

    Por otra parte, por primera vez la Ley regula el trabajo de servicios transitorios, figura que se establece de forma excepcional y por tiempo limitado, protegiendo al trabajador de empleos inestables y vulnerables. El trabajo de servicios transitorios consiste en que se contrata a una empresa de servicios transitorios para que provea trabajadores que se harán cargo de ciertas labores internas de la empresa. El trabajador tiene vínculo de dependencia y subordinación que la empresa usuaria que ha solicitado estos servicios.

    Los avances de esta Ley en materia laboral, se traducen en:

    • Mejora las relaciones laborales.

    • Promueve relaciones entre empleadores y trabajadores más fuertes, transparentes y equitativas.

    • Disminuye la precarización del trabajo.

Disminuye las prácticas abusivas, como despedir trabajadores y después recontratarlos, rebajando sueldos, o haciéndolos perder el derecho a sindicalizarse y negociar colectivamente.

Mejora las normas y la fiscalización en el ámbito de la seguridad laboral, de forma de hacer efectiva la responsabilidad de las empresas. En casos de accidentes laborales graves o con resultado de muerte, el empleador debe auto suspender de forma inmediata la faena afectada.